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Fallos: 300:721 de la CSJN Argentina - Año: 1978

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AÑO 1978 — JULIO

BASILIO VARDAS v. ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

El criterio con que el a quo apreció los elementos de juicio acumulados, concernientes a los hechos del proceso, es cuestión ajena al recurso extraordinario y propia de las instancias ordinarias, lo mismo «que el alcance que los jueces de mérito hayan asignado a los escritos presentados por las partes 0 a principios de derecho común o procesal, salvo que en tales extremos se hubiera incurrido en arbitrariedad (').

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

No es arbitraria la sentencia que declaró que la operación de venta al exterior de came vacuna que motivó la acción de repetición, quedó concertada en firme mediante crédito documentado irrevocable, con anterioridad a la vigencia de la resolución ministerial 759/73. Ello es así, pues las arguciones del libelo de apelación no exceden los límites de lo que debe considerarse una opinión discrepante que no patentiza de forma objetiva arbitrariedad alguna en el pronunciamiento 1ecurrido.


REPETICION DE IMPUESTOS.
La armonización del texto y del espiritu del decreto 2761/71 con el art 19 de la ley 17.198 hace que no sea errada la afirmación atinente a que los precios FOB unitarios del primer ordenamiento correspondan a los precios índices del segundo. Ello no puede ser refutado mediante la invocación de criterios doctrinarios o teóricos frente a la realidad jurídica objetiva y concreta del derecho vigente.

1) 4 de julio. Fallos: 255:50 ; 256:28 ; 261:173 ; 266:102 .

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:721 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-300/pagina-721

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