MABEL, ADELINA ESTHER SALAS DE BLANCO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
Lo atinente al método elegido por el juez al fallar La causa, en tanto no prescinde de los hechos ní se aparta de las normas positivas que rigen el emo a trvés de una razonable interpretación, es ajeno al recurso ex traordinario. En tal sentido, la sola omisión de considerar el examen de determinada prueba no configura agravio atendible de arbitrariedad y el Ello apelado contempla y decide los aspectos singulares de la cues tión y la remelve con apoyo en otros elementos de juicio que a ai erterio bastan para determinar la inexistencia de delito en la especie (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. improcedencia del recurso.
La interpretación efectuada por el a quo del at. 173, inc, 6, del Códizo Penal en lo atinente a los extremos que deben concurrir para que se configuren los delitos de estafa y defrandación da fundamento. bastante Sha sentencia, máxime teniendo en cuenta que se reficre al examen de etremos de hecho, prueba y de derecho común, propios de los jueces de la causa y ajenos al recurso extraordinario (2).
JESUS RAMON MARENGO
PROCURADOR. -
La función atribuida por la ley 10996 no es meramente mecánica, y al Faber sido dictada para asegurar la competencia, la probidad y el celo em el desempeño del mandato, la Corte Suprema debe verificar que quiemos" solicitan su inscripción en la matricula reúnan aquellas condiciones y personales y, en caso negativo, denegar la inscripción aún cuando len perhos de que se haga mérito a ese fin no encuadien en Jas incompatibilidades que contempla el art. 5, inc. 1.
PROCURADOR,
Corresponde denegar la imeripción en la Mabicnla de Trocurdores e e Coto Suprema a quien fue condenado como autor del delito de le1) 19 de setiembre. Fallos: 262:432 , 510; 263:135 ; 209:43 , 413.
2) Fallos: 267:443 ; 269:413 .
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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:1023
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