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Fallos: 30:615 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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El Juez Federal se declaró incompetente por auto de 2 de Setiembre de 1884, en razon de haber la ley de 45 de Diciembre de 1881 hecho desaparecer el fuero federal en favor de los domiciliados en la capital.

Revocado este auto por fallo de la Suprema Corte de 45 de Enero de 1885, se dictó el siguiente :

Fallo del Juez Federal Rosario, Junio 19 de 1686, Visto el incidente sobre incompetencia de este Juzgado, pro— movido y fundado á foja 61 por la parte del doctor don Eugenio Puecio en la disposicion del artículo 12, inciso 1° de la Ley de 14 de Setiembre de 1803, sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales.

Con lo espuesto en contestacion por la parte de don Cayetano Leguizamon.

Y considerando : Primero: Que éste último nu ha desconocido ni desconoce la calidad de cesionario del doctor Puecio, de don Cirilo Leguizamon, que se dice heredero de doña Lorenza Acevedo de Leguizamon, y en mérito de lo cual, dicho doctor Puecio tiene iniciado ante los Tribunales de esta Provincia el juicio de inventario y particion de los bienes de la precitada doña Lorenza Acevedo, fallecida ya.

Segundo : Que con este antecedente, y afirmando la parte de Leguizamon en su escrito de demanda corriente ú foja 52, que los terrenos á que en él se refiere pertenecen ú la sucesion de la señora Acevedo y traen su orígen de la misma, negando solamente que el cedente de Puecio sea heredero de aquella, la cuestion sub judice queda reducida á averiguar y resolver sobre los derechos sucesorios de aquel.

Tercero: Que este punto, por su naturaleza ; segun lo tiene

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:615 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-615

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