un real y medio por arroba sobre los azúcares que se expenden de primera mano, es inconstitucional.
Caso. — El caso se refiere en el Fallo del Juez Fedoral Salta, Junio 27 de 1881, Y vistos: Don Adrian Zenteno por los señores Ovejero Hermanos, los señores Araoz, Cornejo, Uriburu y Compañía se presenta al Juzgado y expore: Que, considerando inconstitucional la Ordenanza de 11 de Diciembre de 1880 que acompaña, la cual establece el impuesto de uno y medio real boliviano por cada arroba de azúcar, y estando este artículo, de procedencia y elaboracion nacional, equiparado á los de procedencia estranjera que ya pagaron el derecho correspondiente en la Aduana, entabla formal demanda contra los señores Tisseyra y Pirola, rematadores del citado impuesto, pidiendo que sus representados sean exonerados del pago, y los rematadores se abstengan en adelante de cobrarlo. Que, además, existe otro impuesto adicional para escuelas del 20 por ciento, que, sumado con el anterior llega próximamente á dos reales por arroba.
Los demandados contestan: que la Municipalidad es una institucion que necesita de medios de existencia propia, porque constituye el gobierno de la comunidad, al extremo de ser considerado como un cuarto poder en el Estado; que de esta verdad se desprende la facultad para imponer contribuciones
Compartir
71Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1886, CSJN Fallos: 30:333
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-333¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 30 en el número: 333 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
