botado porque supo que tomó una manta agena.—Que el declarante supo de la muerte dada á los Diaz por Aguero por suponerlos enemigos encubiertos de sus planes. —Que la única ejecucion que ha ordenado el declarante fué la del que llamaban Pedro el Tuerto, á quien hizo fusilar en el lugar de Ulapes, por haber cometido un saqueo fuera de otros muchos que tenía perpetrados; que igual ejecucion ordenó en el conocido por Juan Manco, inmediato al Pozo Cerrado, por iguales motivos.— Que debe agregar, que cuando el declarante llegó á la Cruz del Eje con su fuerza, á principios del mes pasado,con el fin de tomar datos sobre el estade de la Provincia y para procurarse caballos para su division, recibió una comunicacion de Don Felipe Saá, que le dirijia desde el rio de la Puerta, donde se hallaba oculto, en la que le participaba, que pronto estallaria una revolucion en la ciudad de Córdoba encabezada por Don Pio Achabal y otros mas; que él esperaba aquella para salir con gente á apoyarla y ponerse Je acuerdo con el declarante; que despues de esto no ha sabido nada de úl. Que durante la permanencia en la Cruz del Eje supo que comisiones mandadas por Asencio Rivadera habian asesinado 4 un estrangero y otro individuo mas que se hallaban allí; que esto y la circunstancia de privarles el declarante el saqueo en las poblaciones dió lugar á un fuerte desagrado entre él y Rivadera, separándose este del declarante despues de la sorpresa que sufrieron en las Tapias.
7 Otra declaracion de Zalazar sacada del mismo proceso diciendo que en el Chamical un hijo del tropero Guillermo Torres le dijo que la Sra. Da Delfina Recalde, madre de los Alvarez, debia mandar una cantidad de armas y municiones con el propósito de derrocar al Gobierno de la Provincia y colocar en él á Don Cárlos Angel, á quien el declarante consideraba como su superior.
8" Un careo entre Zalazar y los Alvarez, Bustos y Angel, en el que Zalazar dijo que la carta que Bustos escribió á D. Ramon Ibañez el no la habia leido, y solo Ibañez le dijo que era una carta de Bustos: que él no ha traido de Entre-Rios comunicaciones para Bustos, ni habia tenido con este relaciones de ninguna clase.
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:300
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