A esta defensa acompañó una declaracion de D. José M.
Jaramillo, diciendo que era falso que él hubiera denunciado á Francisco Alvarez, y sabido que este maquinaba una revolucion contra el Gobierno ó era conocedor de ella; y otra de D. Federico Pazos diciendo que lo que Bustos habia dicho á Carrizo fué que llegaria tiempo en que le habia de pagar los agravios que le inferia.
TH.—Auto de prueba. En 15 de Noviembre de 1865 el Juez abrió á prueba la causa con todos cargos, por 15 dias. Los puntos que fijó fueron los siguientes: 1 Participacion 6 complicidad de los acusados con Aurelio Zalazar y demas que han encabezado el movimiento de los Llanos; 2° Verdad ó falsedad del dicho de Zalazar sobre aquella complicidad, á que se refieren algunos testigos del sumario; 3? Habilidad 6 inhabiJidad Jegal para declarar de los testigos del sumario ; 4? Verdad é falsedad de lo declarado por Lisandro Alvarez; 5 Verdad ó falsedad de la denuncia de revolucion hecha por D. José M.
Jaramillo.
IIV.—Pruebas de la defensa. 19 La vatificacion de José M.
Jamarillo en la carta acompañada á la defensa.
27 Una carta de Dámaso A. Luna, diciendo que Lisandro Alvarez es un pícaro y capaz de comprometer hombres que no conoce.
3> Un interrogatorio de seis preguntas útiles. 11 Si Ángel, en su tránsito de Entre-Rios para la Rieja, tomó el camino del Arroyito, Santa Rosa, Totoral, Devisadero, Cruz del Eje y Bateas. ? Si Ricardo Vera es enemigo capital de Bustos. 3 Si Abelardo Ocampo habia dicho que si el Gobernador no man-= daba fusilar 4 Bustos, él le habia de degollar. 4° Si Lisandro Alvarez habia estado en la cárcel en San Juan, habia sido de las montoneras del Chacho, destinado á un cuerpo de línea y desertor. 5 Si el mismo Alvarez robó algunas cosas al Teniente Ramos del G° de línea. 6 Si N. Carrizo es cnemigo capital de Bustos y Granillo.
A la 4" contestaron Gervasio Molina, y Pedro Millicay que era cierto.
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:295
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