Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 292:665 de la CSJN Argentina - Año: 1975

Anterior ... | Siguiente ...



HIPOTECA
Ver: Recuno estraordinario, 99.

HOMICIDIO
Ver: Daños y perjuicios, 1, 8; Jurisdicción y competencia, 35, 36.

HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES (')
1 En ha retribución del albacea cabe atenerse 2 la práctica de los tribunales del fuero civil, que la estiman en el 50 de la que corresponde al letrado: p. 166.

2 Los t strajudiciales del albueea, que se exteriorizaron escrito y A A y A confo.me con lo previsto en el art. 724 del Código Procesal: p. 166.

3. El art. 10 del decreto-ley 30.439/44 sienta como criterio toda clase de ci cado el semen recta Y ampliado e bajo mb eps proceso. acluye mero cómputo del número presentados, podria conducir a premiar la profusión antes que la eficacia: p. 108. " 4 La determinación de los honorarios profesionales es una facultad reglada por la sin otra discrecionalidad la admite la normal interpretación jurídica tud ponen reoción los trabajes Tula y ae ponian helos area:

p

HURTO
Ver: Jurisdicción y competencia, 34.

1
IDENTIFICACION DE MERCADERIAS
Ver: Recurso extraordinario, 132.

IGUALDAD
Ver: Amnistia, 3; Constitución Nacional, 32

IMPORTACION -
Ver: Aduana, 1, 2, 3; Constitución Nacional, 8; Impuesto a las ventas, 5.

IMPUESTO (°) Interpretación de normas impositivas 1. En materia comepyade interprdar en forma estricta los regimenes: de PRA ap e do 29.

°) Ver también: Constitución Nacional, 11, 12, 15, 29; Recurso estraordinario, 51, 52, 53, 54, 55, 88, 101, 110, 111, 147.

2) Ver también: Establecimiento de utilidad nacional, 1: Jueces, 4; Recurso extraordinario, 10, 108.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

44

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1975, CSJN Fallos: 292:665 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-292/pagina-665

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 292 en el número: 665 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos