79) Que, por último, cabe recordar la jurisprudencia de este Tribunal según la cual en materia previsional sólo puede llegarse al desconocimiento de derechos con extrema cautela (Fallos: 266:299 y otros), pues en esa materia lo esencial es cubrir riesgos de subsistencia y ancianidad Fallos: 267:336 y otros).
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Señor Procurador Fiscal, se revoca la sentencia de fs. 59, se dejan sin efecto las resoluciones de fs. 36, 57 y 59 y se declara que las actuaciones deben volver a sede administrativa, para que el trámite se sustancie conforme a derecho y a este pronunciamiento, MiCcueL ANceL BEncArrz — Acustín Díaz BiaLer — Manver Anauz Castex — Húc
TOR MASNATIA.
TRAMA DOLLY HERNANDEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.
Dado que la ley 20.500 derogó el decreto-ley 17.587/08 de reformas al Có.
digo Penal, pero en su art. 40 expresamente confirmó, convirtiendo en ley, el art. 194 establecido en el Código Penal por el ordenamiento mencionado, el fallo de la Cimara que no da razón alguna que fundamente su criterio en el sentido de que dicha disposición no resulta aplicable al caso, es susceptible de la tacha de arbitrariedad (1).
CARLOS A. MAC LEAN v. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.
El fallo según el cual la elección de un domicilio especial en la República por parte de un estado extranjero no tre aparejada en el caso la extensión ') 2 de setiembre. Fallos: 248:487 ; 261:209 ; 289:453 .
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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:461
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