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Fallos: 292:398 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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3 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA actos jurídicos y sus efectos y a la apreciación de los modos procedentes de conclusión del procedimiento concursal (').

S.A. ASCENSORES OTIS, CL. y F.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones mo federoles. Es.

clusión de las cuestiones de hecho. Impuestos y tama, La afirmación de la sentencia apelada en el sentido de que la materia en litilo "corresponde a obras realizadas por encargo y para ser instaladas sobre inmuebles de terceros", remite a cuestiones de hecho, prueba y de derecho procesal privativas de los jueces del pleito e irrevisables, como principio, en la instancia de excepción, salvo supuestos de manifiesto apartamiento de la relación procesal o absurdo valorativo.

JUECES. ,
Es misión del juez aplicar el derecho objetivo con independencia del planteo de las partes, máxime sí se trata de obligaciones tributarias, cuya naturaleza es de derecho público, no disponible, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales, Sentencías arbitrarias. Improcedencia del recurso.

Los supuestos "errores on la liquidación del gravamen" no pueden ser revisados mediante el recurso extraordinario, pues éste no autoriza a sustituir el .

criterio de las instancias ordinarias en la apreciación razonada de los hechos y pruebas del caso, máxime si el fallo apelado cuenta con fundamentos suficientes que excluyen la aplicación de la invocada doctrina de la arbitrariedad.


DICTAMEN VEL PROCUNADON GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario concedido a fs. 297 es procedente por haMarse en tela de juicio la inteligencia de disposiciones de carácter federal.

0 12 de agosto. Fallos: 250:12 : 251:231 : 258:294 ; 259:371 ;: 2839:583 , 202:44 , Cama: "Petersen Nilo C. 57 Julio Antonio y otros", sentencia del 5 de agosto de 1974,

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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:398 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-292/pagina-398

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