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Fallos: 29:432 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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cultura de las viñas del « Alto Douro > está comprobada por el certificado que consta al dorso del documento corriente á foja 49 vuelta, de que se dió copia al demandado, certificado espedido por un olicial público, como es el Encargado de la Oficina Nacional de Patentes de Invencion.

Que idéntica declaracion á la que precede fué hecha en el juicio promovido por D. Teófilo Meyer contra D. Andrés Mielí, en la sentencia que terminó ese juicio y que fué confirmada en todas sus partes por la Suprema Corte.

Por estas razones, se declara, con costas, que D. Teófilo Meyer y C' ha acreditado los estremos ordenados en la resolucion de la Suprema Corte corriente á foja 37 vueita. En su consecuencia, conteste el demandado derechamente la demanda dentro del término de la ley, Andrés Ugarriza.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 20 de 1886.

Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja setenta y nueve. Repuestos los sellos, devuélvane.

4. B. GOROSTIAGA. —J. DOMINGUEZ.

— ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO

IBARGÚREN.
—_———

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-432

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