solución que alivie este gasto del personal, se han realizado gestiones para obtener una partida destinada al pago del 2 mensual que le correspondería al Poder Judicial como empleador, VI — Juzgado Federal de San Luis El edificio en que funciona el Juzgado Federal fue construido expresamente para ese objeto, y aunque es antiguo, se encuentra en buenas condiciones. Sólo hay dificultades con la Secretaría Electoral, que funciona en un inmueble alquilado que resulta inadecuado. Se está considerando la posibilidad de adquirir por compra un inmueble céntrico que ocupaba el Club Social, a los fines de construir un edificio moderno que sirva tanto al Juzgado como a la Secretaría Electoral. En este sentido hay conversaciones con el gobiemo provincial que tendria interés en comprar el actual inmueble del Juzgudo Federal.
Las relaciones del Juzgado con la Cámara Federal, con el Gobiemo de la Provincia y con la Justicia Provincial son absolutamente correctas y normales.
En orden al personal, se me hizo saber que es bastante antiguo y calificado como eficiente y responsable. Sólo se requiere la creación de un cargo de ordenanza.
En materia de necesidades bibliográficas, con fecha 8 de febrero de 1972, se ha requerido la provisión de las obras de que da cuenta la planilla que en fotocopia acompaño.
Se considera necesario la adquisición de una fotocopiadora.
En materia de movilidad, se carece en absoluto de los medios adecuados, siendo de extrema urgencia disponer de algún vehículo que permita el cumplimiento de determinadas medidas en zonas alejadas y a veces, de difícil acceso. En este mismo orden, se puntualizó que son numerosas las causas que radican en la ciudad de Mercedes, que dista 100 Km. de la ciudad capital, lo que obliga a disponer el alquiler o uso de vehículos particulares para alentar el trámite de dichas causas.
La Obra Social de la Justicia Nacional no llega a San Luis. El personal se encuentra totalmente desamparado. Se intentó un acuerdo con la Obra Social del Gobierno provincial, pero resultaba excesiva mente onerosa. Esta es, pues, una de las exigencias que más apremiante solución requieren.
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Año: 1974, CSJN Fallos: 288:33
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