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Fallos: 288:27 de la CSJN Argentina - Año: 1974

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quén, casí todo el personal está afiliado a la Obra Social del Poder Judicial, sín recibir ningún beneficio. Desde antiguo se reclama una solución. Se ha gestionado un pedido de autorización para afiliarse a la obra socíal del Gobierno de la Provincia de Río Negro. Adjunto fotocopia de notas cursadas sobre el particular. También acá es necesario que la Corte adopte urgentes medidas, impartiendo las instrucciones necesarias al Sr. Interventor de la Obra Social del Poder Judicial.

11 — Cámara y Juzgado Federal de Mendoza.

En la ciudad de Mendoza, en un local alquilado en el árca céntrica, funciona la Cámara Federal, careciendo el inmueble en cuestión de comodidades y funcionalidad adecuadas.

El Juzgado Federal funciona en otro local, más moderno y en general, más apropiado. Finalmente, la Secretaría Electoral lo hace en un viejo edificio que carece de los requisitos más indispensables de funcionalidad y comodidad.

Como es sabido, desde hace años la Provincia de Mendoza ha codido al Poder Judicial de la Nación un solar ubicado en la zona del Barrio Civico de la ciudad capital para que se levanten allí las nuevas construcciones de la Justicia Federal. Este proyecto se ha ido desarro llando con extrema lentitud y, por distintas causas, se fue postergando la aprobación de planos y adjudicación de la obra. En estos momentos, ya se ha terminado el proceso de licitación y sólo está pendiente la firma del pertinente contrato con la empresa adjudicataria.

Tanto la Cámara F.deral como el Juzgado, desempeñan normalmente sus funciones, y sus libros. y documentación se llevan correctamente, En relación al Juzgado Federal es necesario señalar que se encontró vacante durante varios meses en razón del fallecimiento de su antiguo titular lo que ha determinado se atrasara su trabajo, con la consiguiente congestión de causas.

Las inquietudes más apremiantes de las que se me informó se referian a la modificación de la ley de subrogancia, a fin de lograr cl reemplazo de los jueces mediante el sistema de conjueces. También se puntualizó la necesidad de aumentar el personal del Juzgado y un incremento en la partida para gastos de funcionamiento. Por nota del 30 de junio de 1971, el Juzgado Federal de Mendoza, por intermedio de

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Año: 1974, CSJN Fallos: 288:27 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-288/pagina-27

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