CALA XCVIL
1), dorge Pintos, comra D, Demetrio Sosa, por desalojo, y D. Emilio Genoud, contra D. Jorge Pintos, por interdicio de retener: sobre enmulta del Juez de Paz del Baradero resperto á las órdenes contradiciorias, recibidas del Juez Federal de la Provincia de Díens Aires: y del Juez de 1" Instancia del Departamento del Norte de dicha Provincia.
Sumario.—La Suprema Corte no puede resolver, por vía de eonsalta, una contienda de competencia, que no se somete 4-5 romocimiento en forma legal.
Caso, — El Juez de Paz dol Baradero recibió las siznientes úrdenes:
Buenos Ares, Mayo 22 de 1655, AU Señor Juez de Paz del Baradero.
El Infrascrito, Juez Federal suplente de la Provincia de Huenos Aires, se dirije a Vil. A solicitud de 1. Jorre Pintos, con el Tin de queintime á D. Demetrio Sosa y 4 todos los demas que ocupan el
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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:411
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