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Fallos: 28:405 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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D. Manuel Carrasco, sobre imterdicto, en que había que verificar una inspeccion nentar, á la cual nó podía asistir por si enfermedad, podía designar de la lísta de lotrados, un juez «e hue,
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENIAL
Mueio> Agres Lules 28 efe BN Suprema Cortez En otra oportunidad he dicho á Ve E. que o es sú mision resobver consultas de los jueces inferiores, con respecto 4 las causas sometidas á su decision, Deben ellos resolver; segun su ciéncia y conejencia; y de sus resoluciones conocera esta Corte én la única forma que la ley autoriza en tales casos; por vía de apelación si se ¡nterpusiere Sirvase Y. E. hacerlo así saber ál Señor Juez de Seccion de Tucumárn.

Edunrilo Costo, EFntlo de la Sujrrenui Carte Huenos Aros Júlia 25 de 145 De conformidad cor lo espuesto y pulido por el Señor Procurador General, se declara que el Juez de Secrión debe proceiler con arri= £lo á derecho, concediendo, en su vaso, los recursos que se ¡nterpongan por las partes: y avisese en contestacion, con trascripción de esta resolución y del dictámon del Señor Procurador General.

J WOMINGUEZ, —ULADISLAO FIIAS.—

FENÉNICO IARGÚNEN;

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:405 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-405

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