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Fallos: 28:242 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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La empresa se quejó, pidiendo nulidad y apelación del-anto que mando dar las copias.

El Juez, después del informe del. Escribano, negó los reenrsos; La empresa pidió remisión de estos obrados á la Suprema Corte, y el Juez mandó informar al Serretario, Tanto en ¡a peticion de la empresa, como on el informe del Secretario, se consighan recriminaciones personales, El Juez nó hizo lar á1a- remisión y apercibió al Secretario y á la empresa.

Esta reclamó del apercibimiento, y recuso al Juez, por aber emi tido opinion sobre la exactitad: del informe del Serretarío.

Fallo del Juez de Neciion Menario, Juli 12 de pos No siendo la causal alezada en el primer otros), de las enumera= das enel artienlo 4 de In Ley de Procedimientos, no há hear ita recusacion deducida, con costas. conforme úlo dispuesto en el artiento 37 de la mismo.

Respecto á lu pedido ento principal, estése á lo prevenido un once del corriente, por cuanto si el Secretario, saliendo de la esfera á que debió circunseribír su informe, se espresó ofensivamente Tincia el ocurrente, éste provoró esas ofensas clasificando su informe con valificativos que son los mas grandes que pueden dirigirse ú un fancionarío público, en el cmplimiento de sus deberes: fallás por las enales ambos han sido apercibidos en justicia por el Tribunal, sin que exista razon de ningun xónero para solo apercibir al wo y no alotro, Y respecto de la recusación del actuario, no obstante que el Juez punás la notado la más minima parcialidad, ni malevolenvia en él,

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-242

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