ciones de los empleados Azuirre y Sezovia, fojas 954 108, al espediente sobre denuncia de varios delitos, hecha por D. Enrique Durand, contra D, José E, Casco, que se halla en-vista Fiscal, dejúndose á salvo los derechos de Durand para deducir ante quien rorresponda las acciones que pueden competirle por la alteración del docnmento de foja 12, que dice haber sido hecha sin su consentimiento. Hágase electiva la multa aplicada á Casco por anto de ferha 22 de Febrero último, foja 6 vuelta, y ruyo pagó quedó en suspenso hasta la resolucion delinitiva de esta cansa, segun el auto de 28 de Marzo, foja 38 vuelta.
Notifiquese con el original y repónzanse los sellos:
Carlos Luna, Fnllo de in Suprema Corte Huenos Alres, Marzo 21 ie 1555 Vistos; por sus fundamentos, se confirma, con costas; el anto apelado de foja doscientos dove, Kepmestos los sellos, devuélvase, de 16. GOROSTIAGA.—4, DOMINGEEZ.—
ELADISLAO FHLAS.—5. Mi HASPIEN.
FEDENICO INANGÚREN.
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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:124
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