razón del caricter fáctico y procesal de tales cuestiones, insusceptibles de tratamiento en la instancia extraordinaria.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.
Lo concemiente a los honorarios regulados en las instancias ordinarias da lugar a la apelación del art. 14 de la ley 45, por excepción, en los supuestos en que medía variación substancial entre las regulaciones de primera y segunda instanclas y la decisión final prescinde, sin fundamento, de la norma legal pertinente.
No ocurre tal cosa cuando la Cámara se funda, para reducir los homorarios, en que no es decisivo el eventual valor económico del pleito, y tal argumentación no resulta, en el caso, arbitraria.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENEnar Suprema Corte:
paid nde de e demente ta alt Y eee actor su ión, como em:
Enano Provincial dl Seguro de la Provincia de Misoney, sí como el pago de los haberes dejados de percibir, o 'en su defecto, que le fueran abonados los sueldos y demás asignaciones legales harta el momento de encontrarse en condiciones de acogerse a los beneficios de la jubilación.
Por tal razón, estimo que al regularse los honorarios del a) rado-letrado del nio demandado, remedo: «nel O tomarse en cuenta para establecer el monto del juicio, como cifra mfmima, la suma de todas las remuneraciones mensuales que el actor no percibió desde que fuera decreada su cesanta hasta a fecha de la sentencia, incluyendo las cantidades correspondientes al salario No lo hi mi el a "Tor el contrato. progadt a los honorarios del je por aplicación el an Esp pote e je o A de apreci ión pecuniaria.
En tales condiciones, pienso que la tacha de arbitrariedad debe ser admitida, y, en consecuencia, que corresponde dejar sin efecto la resolución apelada de fs. 202 y devolver las actuaciones al tribunal de proseienca pura que dice noto guie aepaletrio eemlerme derecho. Buenos Aires, 19 de junio de 1970. H. Marquarde.
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Año: 1970, CSJN Fallos: 277:249
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