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Fallos: 276:65 de la CSJN Argentina - Año: 1970

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MARZO

INVENTANO DE BIBLIOTECAS DE TRIBUNALES Y ORGANISMOS DEL

PODER JUDICIAL DE LA NACION. MODIFICACION DEL ART. 125 DEL

REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL
Fa Buenos Aires, a los 4 días del mes de marzo del año 1970, reunidos en la Sale de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de La Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Don Roberto Es Chute, Don Marco Aurelia Risolía, Don Luis Carlos Cabral y Don José Y. Bidaw, con asistencia del Señor Procurador Ceneral de la Nación, Doctor Dos Estuardo 1. Marquarid, Cmsideraron :

ue es conveniente adoptar disposiciones en lo que se refiere al inventario de las hibliotecas de los tribunales y organismos judiciales, másime teniendo en cuenta que mediante los fondos que prevén los arts. 8 y 9 de la ley 17.116 (actualmente arts. 286 + 257 del Cádigo Procesal Civil y Comercial de la Nación) la Corte Suprema ha provisto 4 todos los tribunales de una apreciable cantidad de obras jurídicas. Por lo demás, has comunicaciones recibidas por la Secretaria de Superintendencia revelan que —no mbstante las recomendaciones formuladas— sólo algunos tribunales dan cumplimiento a $e dispuesto en el art. 125 del Reglamento para la Justicia Nacional.

Mesolvieron:

1) Antes del 31 de julio del corriente año todos los tribunales y organismos del Fader judicial de La Nación practicarn mn inventario de sus bibliotecas y lo remitirán a la Secretaría de Superintendencia de la Carte Suprema.

2) Modificar el art. 125 del Reglamento para la Justicia Nacional de la siguiente aaneros 11 El inventario de las bibliotecas de los tribunales y organismos judiciales será actualizado antes del 15 de febrero de cada año enviando a la Secretaría de Superintendencia de la Corte Suprema una nota que contenga la nómina de las obras recibidas en el curso del año anterior. Asimismo, previo arqueo, se dejará constancia de los libros cuva falta se observaro, b) Los títulares de juzgados y organismos judiciales deberán —dentro de los 15 días de haber asumido el cargo— practicar el »rqueo de la respectiva biblioteca haciendo Eonocer 5 resultado a la Corte Suprema. A tales efectos, y en la oportunidad de asumir el cargo, la Cimara de la cual dependan dichos titulares les cursará la mota correspondiente, Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el líbro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Eovanno A. Ortiz Basvarvo — Rovenro E. Cucris — Manco Avrenio Risoría — Luis Cantos Cama — José F.

Bmw — Enranno 11. Manquaror. Jorge Arturo Peró (Secretario).

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:65 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-276/pagina-65

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