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Fallos: 275:390 de la CSJN Argentina - Año: 1971

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Santos, Secretaría N" 135, en el que se encuentra agregada una pericia caligráfica privada según la cual la firma puesta por el señor Suzuki en la carta de pago en que los demandados fundaron la excepción, no sería auténtica, sino falsificada. Por tal motivo, sostiene que la omisión de esa prueba, que juzga esencial, comporta la arbitrariedad de la sentencia recurrida, con violación de la garantía constitucional de la defensa en juicio.

No comparto tal criterio. Ello asi, por cuanto observo que el interesado, en el citado escrito de fs. 346, y a efectos de fundar su solicitud, se limitó a expresar que el mencionado señor Juez de Instrucción había recibido "en estos últimos días en el sumario criminal documentación y declaraciones... que revisten capital importancia para el esclarecimiento del caso"; sin afirmar siquiera, por otra parte, que la firma, cuya autenticidad no había negado, se consideraba ahora falsificada.

En tales condiciones, al no haberse expresado ni demostrado concretamente las razones por las cuales la nueva prueba solicitada podría tener incidencia fundamental en el resultado del juicio, pienso que el tribunal de alzada pudo —tal como io hizo— y en uso de atribuelones que le son propias, no tomar en consideración aquélla y confirmar el fello apelado sobre la base de la prueba rendida por las partes en la estación oportuna del juicio.

No creo, pues, que la sentencia sea descalificable como acto judicial en los términos de la jurisprudencia de la Corte, y, en consecuencia, estimo que, por ser improcedente el recurso extraordinario intentado, corresponde no hacer lugar a la presente queja. Buenos Aires, 18 de agosto de 1969. Eduardo H. Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de noviembre de 1969.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Ateka € Co. Ltd. c/ González, Ricardo y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

17) Que de las actuaciones principales resulta: a) que "Ataka E Co. Ltd." inició juicio ejecutivo contra Ricardo González y otros i por la cantidad de mgn 69.810.878; b) que los ejecutados opusieron excepción de pago sobre la base del documento fotocopiado que corr:

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Año: 1971, CSJN Fallos: 275:390 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-275/pagina-390

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