Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Noviembre 20 de 1884, Vistos: correspondiendo á la Justicia Eederal el conocimiento de las causas entre los vecinos de la Capital y los de Provincia, con arreglo ála ley del Congreso, de diez y ocho de Setiembre último, se revoca el auto apelado de foja siete y repuestos los sellos, devuélvanse.
J, B. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ. — ULA-
DISLAO FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN.
—PEADEue¿og oo
CAUSA CXIII
D. César Abella, por D. Saturnino y D. Mariano Unzué, contra D. José Soria; por interdicto de retener; sobre personería.
Sumario. — El poder para entender en todos los asuntos pendientes y que llegáren á suscitarse, comprende la facultad de demandar por un asunto nuevo.
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:319
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