Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 27:319 de la CSJN Argentina - Año: 1884

Anterior ... | Siguiente ...

Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Noviembre 20 de 1884, Vistos: correspondiendo á la Justicia Eederal el conocimiento de las causas entre los vecinos de la Capital y los de Provincia, con arreglo ála ley del Congreso, de diez y ocho de Setiembre último, se revoca el auto apelado de foja siete y repuestos los sellos, devuélvanse.


J, B. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ. — ULA-

DISLAO FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN.
—PEADEue¿og oo

CAUSA CXIII
D. César Abella, por D. Saturnino y D. Mariano Unzué, contra D. José Soria; por interdicto de retener; sobre personería.

Sumario. — El poder para entender en todos los asuntos pendientes y que llegáren á suscitarse, comprende la facultad de demandar por un asunto nuevo.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

52

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1884, CSJN Fallos: 27:319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-319

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 27 en el número: 319 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos