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Fallos: 27:266 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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mon Febre, habiendo cobrado los arrendamientos sin contradiccion alguna de parte de los pobladores ni de terceros.

Bartolo Suarez, foja 72; José María Medina, foja 75; Eugenio Lopez, foja 78, dicen que ellos pagaron arrendamientos á Espiro, como encargado de Febre, desde 1879 hasta la fecha; Sneiro foja 82; Manuel Fernandez, foja 81; Ildefonso Sosa, foja 80; vuelta; José Guerra, foja 80; Anselmo Velazquez, foja 79; Benito Bargueti y Manuel Tiscornia :

que ellos pagaron tambien arrendamiento á Espiro, como representante de Febre, unos, desde 1879 y otros, desde la fecha en que entraron en el campo y por los años que permanecieron er él.

Don Cárlos Kermedy foja .... dice constarle que los pobladores pagaban arrendamientos al encargado de Febre.

Resulta además, que antes que Don Juan Manuel Febre solicitase el campo, algunos pobladores de él pagaban arrendamientos al fisco; así lo declara Don Donato Segre foja ....; Juan Lespada foja 150; Bartolo Suarez, foja 72 vuelta, quien afirma haber pagado al fisco catorce ó quince anualidades; José M. Medina que dice haber pagado cinco y Eugenio Lopez que pagó al mismo desde 1801 hasta 1879.

Y Considerando :

1" Que Don José M. Crespo, al contestar la demanda f....

dice, que tanto los hermanos Febre como Castagno demandante, han usufructuado el campo en cuestion, haciendo contratos de arrendamientos con los pobladores que existian y reconocian la posesion de la familia Candioti, confesando asi el hecho de la posesion del actor, pues que la esposicion del demandado sobre los hechos en que se funda la demanda importa una confesion judicial (Fallo dela Suprema Corte, Serie 2, T 4, P. 16), quedando á resolverse segun el mérito de la prueba rendida:

1" Si la posesion con que se demanda es anual; y 2 Si siendo anual está'afecta de los vicios de clandestina, ó violenta.

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:266 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-266

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