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Fallos: 268:600 de la CSJN Argentina - Año: 1967

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DEMANDAS CONTRA LA NACION (').
1. No es aplicable el art. 7 de la ley 3952 cenando la demandada es una repartición autárquiea —Direeción Nacional de Industrias del Estado— que no enmple, como principio, funciones estatales específicas: p. 519.


DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION.
Ver: Constitución Nacional, 24.


DERECHO DE ENTRAR, PERMANECER, TRANSITAR Y SALIR.
Ver: Constitución Nacional, 4.

DEJ.ECHO DE PROPIEDAD.
Ver: Constitución Nacional, 6, 17, 27, 29, 20, 42, 48: Expropinción, 1, 3, 5, Reeurso extraordinario, 115, 124.


DERECHO DE TRABAJAR.
Ver: Constitución Nacional, 26, 45; Recurso extraordinario, 13, 14.

Ver: Constitución Nacional; 30; Retrosctividad, 2.

DERECHOS HUMANOS.
Ver: Reeurso de amparo, $.


DERECHOS Y GARANTIAS.
Ver: Recurso de amparo, 8.

DESACATO.
Ver: Jurisdicción y competencia, $.

DESALOJO.
Ver: Constitución Nacional, 31; Recurso extraordinario, 5, 6, 15, 29, 49, 98, 107, 109, 122, 125.

DESPIDO.
Ver: Jubilación del personal del comercio y actividades civiles, 1; Ley, 3, 4; Recurso extraordinario, 110.

DESPOSESION.
Ver: Expropiación, 7, 10,

DIPLOMATICOS.
Ver: Empleados públicos, 1; Jurisdicción y competencia, 6, 7.

o ti 1) Ver también: Recurso extraordinario; 5.

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Año: 1967, CSJN Fallos: 268:600 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-268/pagina-600

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