RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La sentencia ¡undada, cualquiera sen su acierto 0 error, es insusceptible de la tacha de arbitrariedad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos nropios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Principios generales. .
La circunstancia de que el tribunal de la eausa haya acordado preferencia a determinados elementos probatorios, respecto de los invocados por el apelante, no configura arbitrariedad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La discrepancia del recurrente con la valoración de la prueba efectuada por el tribunal de la enusa, es cuestión que no constituye arbitrariedad, en los términos de la jurisprudencia de la Corte.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La sentencia que se apoya en doctrina suficiente para la decisión del pleito y en los distintos uspectos propuestos por el apelante, no adolece de omisiones que la invaliden como acto judicial.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales.
Interpretación de normas Jocules de procedimientos. Casos varios.
Lo atinente a la carga de la prueba y al nleance de las peticiones formuladas por las partes, no constituye enestión federal a los fines del art. 14 de la ley 48.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de agosto de 1965.
Vistos los autos : °°Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Luto, Pablo Francisco e/ Emilio Gaberione S. R. L.", para decidir sobre su procedencia.
Y considerando:
19) Que lo resuelto en los autos principales son cuestiones ce hecho y de derecho común y procesal, ajenas, como tales, a la jurisdicción extraordinaria de esta Corte.
29) Que revisten tal carácter, en efecto, las relativas a la calificación de los accionantes como "trabajadores permanentes", a la falta de prueba que acredite el carácter transitorio de la respectiva contratación, y al alcance de las circunstancias mencionadas en los recibos invocados por la demandada. :
39) Que, con prescindencia de su acierto o error, la sentencia del caso cuenta con fundamentos suficientes que excluyen su
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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:433
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-262/pagina-433
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