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Fallos: 261:485 de la CSJN Argentina - Año: 1965

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PRUEBA (').
Confesión. .

1. La circunstaneia de haberse tenido que trasladar el absolvente a una provincia "° por razones de trabajo, cuando se la ha hecho saber a la Corte con suficiente anticipación a la fecha de la audiencia, constituye "justo motivo" de incomparecencia en los términos de los arts. 110 y 115 de la ley 50: p. 29.

2. El litigante que se trasladó a una provincia, encontrándose en trámite «l juicio ante la Corte, no puede absolver posiciones mediante oficio dirigido al juez federal con jurisdicción en aquélla, pues una razón de cooperación procesal descarta la posibilidad de que cualquiera de las partes se exima, por acto propio, de las cargas que supone la denuncia del domicilio real oportunamente formulada en los autos: p. 29.

Q

QUIEBRA.
Ver: Cosa juzgada, 2; Recurso extraordinario, 127, 128.

PO


RATIFICACIÓN.
Ver: Constitución Nacional, 8; Recurso extraordinorio, 42.

RAZONABILIDAD.
Ver: Constitución Nacional, 34; Estabilidad del empleado público, 1.

REOLAMACION ADMINISTRATIVA.
Ver: Demandas contra la Nación, 1, 2, 3.

RECONVENCION.
Ver: Constitución Nacional, 14, 15; Recurso extraordinario, 27.

RECURSO ADMINISTRATIVO. -
Ver: Recurso extraordinario, 10.

RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO. :
Ver: Recurso extraordinario, 60.


RECURSO DE ADNESION.
Ver: Recurso extraordinario, 121.

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Año: 1965, CSJN Fallos: 261:485 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-261/pagina-485

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