POLICIA DB VINOS.
Ver: Recurso extraordinario, 138, 145.
"POLICIA FEDERAL (').
1 El estado policial presupone el sometimiento de su personal a las normas que estrueturan la institución de manera especial dentro del esquema de la administración pública, sobre la base de la disciplina y de la subordinación jerárquica.
Tales normas encuentran fundamento en un mínimo indispensable de autoridad jerárquica autónoma, requisito del principio cardinal de la división e independencia de los poderes: p. 12.
PREOLUSION.
Ver: Recurso extraordinario, 56. °
PREFECTURA NACIONAL MARITIMA.
Ver: Reeurzo extraordinario, 10.
PRESCRIPCIÓN.
Ver: Jubilación de periodistas, 1.
PRESUNCIONES.
Ver: Recurso extraordinario, 107.
PRESUPUESTO ().-
1, La expresión "presupuesto", usada con especial referencia a la administración pública, se ha incorporado a la terminología empresaria toda vez que los negocios se organizan actualmente en forma de empresa (Voto del Doetor Carlos Juan Zavala Rodríguez): p. 145.
"PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD.
Ver: Jurisdieción y competencia, 19.
PROCEDIMIENTO.
Ver: Cosa juzgado, 1; Demandas contra la Nación, 4; Perención de instancia, 3; Recurso extraordinario, 79, 128; dad, 2.
PROCEDIMIENTO DE OFICIO.
Ver: Perención de instancia, 1.
PROVINCIAS (°).
"L Las provincias conservan Ya facultad de darse sus propias instituciones Y regirse por ellas: p: 315.
1) Ver también: Constitución Nacional, 26.
2) Ver también: Constitución 46; Jubilación y pensión, 8, 9, 10,13, 1 LL E Ai A rs
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Año: 1965, CSJN Fallos: 261:484
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