JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia penal. Delitos en partientar.
Defraudación.
Corresponde a la justicia nacional en lo eriminal de instrucción, y no a la federal, conocer de la supuesta defraudación consistente en la venta de perfumes enya marea, de procedencia extranjera, habría sido falsificado.
DicraMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:
De conformidad con la de «trina de Fallos: 254:234 y 234:
152, no cabe atribuir competencia a la justicia federal para conocer de la supuesta falsificación de mareas cuando, como en el presente caso, no media la necesaria acusación particular.
Sólo cabe pues investigar en esta enusa el delito de defraudación, presuntivamente cometido por el imputado al vender a diversas personas frascos de perfume enya marea, perteneciente aun conocido fabricante extranjero, había sido falsif"cada. Corresponde señalar, al respecto, que este delito no se confunde con las hipótesis previstas en los distintos incisos del art. 48 de la ley 3975, cuya finalidad es la de asegurar la protección jurídica de las mareas de fábrica, comercio o agricultura, mientras que la infracción sancionada por el art. 172 atenta, en supuestos como el de autos, contra la propiedad de los adquirentes del producto falsificado. A ello se debe que el engaño del adquirente, elemento esencial para la configuración de la estafa, no lo sea para la de los delitos sancionados en los ines. 5 y 69 del antes mencionado art. 48 de la ley de mareas.
Corresponde, por tanto, declarar competente para entender en el proceso al señor Juez Nacional en lo Criminal de Instrueción. Buenos Aires, 2 de octubre de 1964. Namón Lascano.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de diciembre de 1964.
Autos y vistos; considerando:
Que el Tribunal comparte las conclusiones del procedente dictamen del Sr. Procurador General, que concuerdan con la jurisprudencia establecida en casos análogos —sentencia del 27 de noviembre pasado en la causa C. 1354, "Rosso, Giuseppe — Casullo, Adolfo s/ falsificación"—. Procede, en consecuencia, que el Sr. Juez de Instrucción resuelva lo que corresponda respecto
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Año: 1964, CSJN Fallos: 260:194
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