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Fallos: 26:220 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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Caso.—D. Adolfo Richard, por Pedro Lassalle y H. Secrestat demandó por falsificacion del « Bitter Secrestat » y su marca áD. Pedro Inchauspe.

Inchauspe opuso falta de personería, incompetencia, defecto legal en la demanda, y arraigo del juicio.

Sustanciadas las excepciones, Richard presentó un poder otorgado en E::ropa por el fabricante H. Secrestat.

Fallo del Juen de Seccion.

Buenos Aires, Agosto 7 de 1883.

Vistos y considerando sobre la excepcion de falta de personería del demandante D. Juan Lassálle bijo; que esta se funda en que el poder sustituido 4 D. Adolfo Richard, no contiene cláusula alguna que habilite á su instituyente D. Silvestre Desviat, para que en representacion de D. Pedro Lasalle y H. Secrestat, se promueve el presente juicio: que ese poder únicamente tiene por objeto, conferir al instituido las facultades necesarias para la administracion de los negocios que constituyen el movimiento comercial de la casa P. Lassalle ; que la presentacion, con posterioridad al llamamiento de autos, del poder corriente á foja 62, no influye en el sentido de modificar la situacion respectiva de los litigantes antes de aquella estacion del juicio, por cuya razon esta excepcion debe fallarse teniendo presente tan solo, los elementos de decision que antes de entónces, respectivamente presentaran las partes: que siendo esto así, y por las razones precedentemente expuestas, se vé que Desviat no he tenido personería para promoveer el presente juicio. Por estos fundamentos, así se declara, con costas.

En consecuencia levántese el embargo decretado 4 foja 19,

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:220 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-26/pagina-220

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