Delitos que destrunen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales, 13. Con arrecio ado dispuesto en el art. 3, ie, 39 de la ley 45, corresponde a la justicia federal el conocimiento de los delitos que obstrayenco corrompen el huen servicio de los empleados de La Nación, Provede, por ello, revoezr la senten= cia que denieza el Mero federal pare conocer de la derrandación que se atribiye a un empleado del Boneo Hipotecario Nacional, cometida en perinicio de par tientares y valiéndose de formularios alos que tenía aceso en el ejercicio de sus Mmuciones banenrias: p. 103, H. En atención al enrácter iensluente nacional de todo= los ¡neces de la Capital, corresponde a la justicia en lo eriminal de instrucción, y no a la criminal y eorreccional federal, conocer del proceso por t 15. Corresponde a la jesticda federal de La Rioja, y nea la provincial, conocer de la fabificación de Le tiema inserta en la renuncia de un diputado provineial electo, presentada ante la Junta Nacional Electoral que presidió las elecciones «el 7 de julie de 1963, Tal hecho habría afectado el ben servicio de un oreznismo nacional, en los términos del art. 3 inme, 39, de la ley 48: p. 197. Petitus ca perjuicio de los biees y rentas de la Novión y de aus 7 particiones autirquieas. 16. Tue jueves federales óleo son competentes para eonorer de los delitos que afectan o pueden afectar el patrimonio nacional, cometidos en bn Capital Fede ral, enando los bienes que intezran est potrimonio no se hollin afectados a ta press tación ¿de 17. Corresponde 2 ta justivia nacional en lo eriminal y enrreccional federal, y vo a le eriminal de instrucción, conocer de La entra instruida con motivo de Tas sesiones sufridas por personas que viajaban en un tren 18. Corresponde a la ju-ticia nacieni en lo eriminal de instrucción, y non Ja criminal correccional federal, conocer de la entist por estara 20. Con arreglo a lo dispuesto por el art. 4 de la ley 15403, si no ha mediado opción de partes, los procesos penales iniviados con anterioridad a la fecha en
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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:390
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