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Fallos: 253:72 de la CSJN Argentina - Año: 1962

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a que se refiere la ley, en tanto que UOM no demostró tener, en igual período, un "número superior".

12) Que, contra la «sentencia de la Cámara, los representantes de UOM dedujeron recurso extraordinario (fs. 549/554), que les fué denegado. Con motivo de ello, interpusieron, más tarde, el presente recurso de queja. .

137) Que, conforme a reiterada jurisprudencia, las planteadas en nutos revisten el carácter de cuestiones de hecho y de derecho común y procesal, ajenas, por su índole, a la instancia extraordinaria (doctrina de Fallos: 248:186 , entre otros). Mas ell es ns por supuesto, siempre que el tribunal a que, al examinar y resolver tales enestiones, no haya incurrido en arbitrariedad. Porque xi ln sentencia adolece de este vicio, desaparece la limitación derivada de la naturaleza del litigio, y la Corte Suprema adquiere competencia para entrar a In consideración de los puntos controvertidos. b 14) Que nsf ocurre en el enso. Establecido, de manera irrevisable, que el sub lite hállaxe sometido a lax previsiones del art. 19 de In ley 14.455, el aspecto en que el voto de la mayoría se muestra insostenible es el relativo al modo en que debe darse cumplimiento a los requisitos que esa norma prescribe. Cono con acierto lo puntualiza el juez disidente, el tema sustancial debatido en la eauxa fué el siguiente: ¡están o no cumplidas las exigencias del citado art. 19? La propia mayoría de la Cámara reconoció que éste ern el debido planteamiento del enso, al extremo de eue lo que decidió, en suma, fué que ASIMRA "sha cumplido con los requisitos legales para obtener la personoría gremial" (fs, 543 v.). Por tanto, si ésta era la búxica enestión sujeta a juzgamiento, está claro que los términos de ella no podían hallarse condicionados, ni ser modifiendos, por la redacción que los representantes de UOM Iubiesen dado a determinado pasaje de wu escrito de apelación . Protender lo contrario, esto es, sostener que los requisitos legales que deben ser satisfechos 'para que una entidad obtenga personería gremial y otra In pierda dependen de la forma en que esta última escribió nno de los párrafos de xn impunación, supone una interpretación desprovista de razonabilidad y lesiva del texto legal pertinente. En todos los supuestos en que xe suseite un conflicto de la naturaleza indica da, la solución debe ser la misma: quienes aspiran a lograr la personería gremial, desplazando a los que antes la tuvieron, están legalmente obligados a probar que, durante determinado período, el número de sus afiliados cotizantes es superior al de los que pertenecen a la asociación euyo desplazamiento se reclama, Y esto, en virtud de una norma legal inequívoca, hasada en razones y expresada en un testo que no reconocen excepciones.

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-253/pagina-72

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