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Fallos: 251:616 de la CSJN Argentina - Año: 1961

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em arreglo a lo dispuesto por el art. 24, ¡ne, 6», Apart. a), del decreto-ley 1285/58, Todificado por la ley 15271, el monto de los honorario disputados, a cargo del fis:0, excede del límite legal de mén. 1.000.000: p. 516,

REGISTRO CIVIL.
Ver:, Jurisdicción y competencia, 6, . ho
REGISTRO DE LA PROPIEDAD,
Ver: Constitución Nacional, 65; Expropiación, 13, 15, 16, 17; Recurso extraordinario, 168,
REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
Ver: Jurisdicción y competencia: 12,

REGLAMENTACIÓN.
Ver: Constitución Nacional, 46, 64; Recurso extraordinario, 51,
REGLAMENTACION DE LEYES COMUNES.
Ver: Reeurso extraordinario, 35.

REGLAMENTO GENERAL DE FERROCARRILES ().
1. La tarifa de avalños con arreglo a la cual se hace efectiva la indemnización prevista en el art, 39 de la ley 2873 hállase contenida en el art. 179 del Reglamento General de Ferrocarriles, aprobado por decreto n? 90.325/36: p, 458.

Ver: Expropiación, 16, REMISION DE AUTOS [4 1. Es procedente la remisión de los autos requeridos por los jueces de la jurisdicción eriminal, para la investigación de los hechos delietuosos. denunciados ante" ellos, con la salvedad del derecho de las partes interesadas-a reclamar su oportuna devolución: p. 137,

RENTA.
Ver: Expropiación, 12,

RENTAS PUBLICAS.
Ver: Sentencia, 4,

RENUNCIA.
Ver: Empleados públicos, 2, 8) Ver tambióo: Serio Veeimal 00,70. extraordinario, 130.

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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:616 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-251/pagina-616

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