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Fallos: 25:426 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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426 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE así de la lejislacion comun. Sobre estos treinta y cinco metros, impera la jurisdicion federal, porque de otra manera no podria el Gobierno de la Nacion defender los ultos intereses que le están confiados.

En la cuestion seguida entre Sansinena y otros sobre mejor derecho á un brete para embarque de ganados, construido sobre la ribera sud del Riachuelo de Barracas, V. E. ordenó su demolicion, por encontrarse dentro de los treinta y cinco metros de la ley.

En un caso de una aplicacion mas directa, en la competencia suscitada entre el Juzgado en lo Criminal de la' Provincia de Corrientes y el de Seccion de la misma con motivo de un homicidio perpetrado en la misma ribera al bajar de una canoa el muerto en el riacho de Goya, V. E. confirmó al Juzgado Federal en el conocimiento de la causa.

Es, pues, de todo punto estemporánea é infundada la ei :pcion de falta de jurisdiccion que se pretende hoy hacer valer.

Pasando ahora á la cuestion principal, diré áV. E. que encuentro fundada la sentencia recurrida, y pediré al final su confirmacion con una lijera modificacion.

El cuerpo del delito está perfectamente comprobado, sin que haya lugar á la mas lijera duda. Berisso falleció pocas horas despues de las heridas que le infirió el procesado. Este mismo asi lo ha confesado, y consta además del testimonio de testigos presenciales.

Dice, la defensa que la herida fué ocasionada en defensa propia.

Para llegar á este resultado, suprime las declaraciones de los testigos presenciales, Covian y Bacari, y dejando solo en pié la confesion, sostiene que no puede aceptarse en una parte, y rechazarse en la otra, Todo esto es inexacto é inadmisible. Cierto es que esta causa ha sido llevada con un desgreño incalificable.

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-426

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