5. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ARTURO SERVIDDIO y. S. R. L ALVAREZ SANZ y Cía.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas y acios comunes.
El pronunciamiento que, fundamentos de hecho y de derecho común o o ed toro Ja carecen de competencia para rever las firmes de la Cámara de Alquileres referentes al valor locativo de un inmueble, es irrevisible en la instancia extraordinaria.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requís . Cuestiones 'ederales, Tr A Ad Tio E Toda el extraordinario de las resolueion:
adecco de cortar odias o Mea do deducido contra el pronunciamiento de un tribunal de justicia que deelara carecer de competencia para rever las conclusiones firmes de la Cámara de Alquileres, es extemporáneo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de mayo de 1959.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demanduda en la causa Serviddio, Arturo e./ Alvarez Sanz y Cía.
S.R.L.", para decidir sobre su procedencia.
Y considerando :
Que la resolución del tribunal de la causa conforme a la cual — carece de competencia para rever las conclusiones de la Cámara de Alquileres, tiene fundamentos de hecho y de derecho común y procesal suficientes para sustentarla y que son ajenos a la jurisdieción que acuerda el art. 14 de la ley 48, Por lo demás, habida cuenta de que el recurso extraordinario procede respecto de las resoluciones administrativas de earáctor judicial, con fuerza legal de cosa juzgada, el deducido en los autos principales resulta extemporáneo —doct. Fallos: 237:633 y otros—.
Por ello se desestima la precedente queja.
ALEDO Orcaz — AnmistónuLo D.
Aníoz pr Lamanri — Luis María Borrr Bocoeno — Jvrio OviraNARTE.
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Año: 1959, CSJN Fallos: 243:388
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