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Fallos: 242:417 de la CSJN Argentina - Año: 1958

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las necesidades de la familia del convocado, excluyéndolo así de las excepciones contempladas por los incisos 3, 4 y 5" del art. 41, debió contener su texto la pertinente limitación, pues no tendría sentido conceder el beneficio del medio sueldo a quienes no deban hacer frente a esas cargas familiares. Ello, sin perjuicio de apreciar la significación de ese "aporte" frente a la situación económiea del convocado a prestar el servicio y de su familia.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
San Juan, 30 de mayo de 1957.

Vistos: Los presentes autos 6091 —año 1956— enratulados: "González, Washington Gregorio, solicita excepción al servicio militar", sostén de madre viuda, y s Considerando :

Que a fs. 7 el convocado funda su petición en ser sostén de su madre viuda Da. Rosario Trinidad Olmos.

Que de acuerdo al informe producido a fs. 29 por la Caja Nacional de Previsión para Emplendos del Estado, Da. Rosario Olmos, madre del convocado, es beneficiaria de una pensión por la muerte de un ex empleado del Estado, con un haber de $ 650 mensuales.

Que por otra parte el convoeado comprueba con el certifiendo agregado a f-. 5 e informe de fs. 26, que trabaja como empleado del 9 Distrito de Correos y Telecomunieaciones con una asignación mensual de $ $50 más una bonifiención de $ 250 y 8 55 de adicional por zona insalubre. —, Que atento a lo dispuesto en el art. 54, 2" ap, de la ley 12.913 (superior decreto 29.375/4) e informe producido a fs. 26 por el Ministerio de Comunieuciones de la Nación, al peticionante le corresponde durante el término que se encuentre incorporado la mitad de su sueldo, es decir, $ 709 mensuales, lo que agregado a lo que percibe su progenitora, $ 650 en igual Tapso, lleva a la conelusión de que las entrados al hogar son suficientes para atender las necesidades del mismo y por lo tanto, corresponde declarar la improcedencia de la petición formulada, Por ello y' lo dictaminado por el Sr. Proenrador Fiscal, resuelvo: Declarar que el ciudadano Wáshington Gregorio González, elase 1936, M.I. 6.757.139, D. M. 49, 0.E. San Juan, 1ra. zona, hijo de Daniel Eladio González y de Rosario Olmos, no ha comprobado en autos hallarse comprendido en lo dispuesto en el art. 41, ines, 3? y 4 de la ley 12.913 (sup. decreto 20.375/44) y que, por lo tanto, no le corresponde el beneficio de la excepción al cumplimiento del servicio militar. — Carlos Alberto Cuello,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES
Mendoza, 29 de agosto de 1957.

Y vistos:

Estos autos 1" 20,520-G-78S, enratulados: "González, Wáshington Gregorio, solicita excepción del servicio militar por sostén de madre vinda", venidos del Juzgado Federal de San Juan, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs. 31 y vta, y

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Año: 1958, CSJN Fallos: 242:417 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-242/pagina-417

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