OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL,
Ver: Recusación, 7.
OBRAS PUBLICAS. | Ver: Expropiación, 9, 17, 20,
OBRAS SANITARIAS DE LA NACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 26; Recurso extraordinario, 100; Recurso ordinario de apelación, 5.
OFICIAL DE JUSTICIA.
Ver: Jueces, 1. :
OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES.
Ver: Jueces, 1; Superintendencia, 1.
ORDEN PUBLICO.
Ver: Constitución Nacional, 5; Estado de sitio, 1.
ORDENANZAS DE ADUANA.
Ver: Prescripción, 1.
P
PAGO (').
Principios generales.
1. El pago hecho mediante el arreglo pacífico de los propios interesados, de conformidad con la interpretación de las leyes en el momento en que los derechos fueron arreglados, constituye un derecho adquirido y pone obstáculo a toda reclamación ulterior que pueda alterarlo.
Así, los obreros de la eonstrueción que desde el año 1945 gozaron de vaeaciones pagas con arreglo al régimen del deereto-ley 1740/45, conforme a la interpretación legal prevaleciente en esos momentos, aceptada por el gremio respectivo y por los actores, no pueden pretender, varios años después (1952), diferencias emergentes de In aplicación de la ley 11.729 en el enso: p. 329.
PARTES. .
Ver: Costas, 1; Instituto nacional de previsión social, 1; Jurisdicción y competeneia, 4; Recurso extraordinario, S1; Recusación, 8.
PARTIDOS POLITICOS.
Ver: Constitución Nacional, 20; Recurso extraordinario, 5.
o A Aaa 1: ete de maridos de mesas er
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Año: 1958, CSJN Fallos: 240:508
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