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Fallos: 238:368 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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Por ello, y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, — desara procedente el recurso extraordinario interpuesto a s. 69.

Y considerando en cuanto al fondo del asunto por no ser necesaria más substanciación :

Que con arreglo a lo expresado en los considerandos preeedentes y toda vez que la denegatoria del recurso no se funda en la inoportunidad del planteo del caso federal, corresponde dejar sin efecto la sentencia recurrida. La causa debe volver al tribunal de su procedencia a fin de que, con intervención de la Sala que sigue en orden de turno, se dicte nueva sentencia en los términos del art. 16, 1° parte, de la ley 48 y de lo resuelto en el presente pronunciamiento.

En su mérito se deja sin efecto la sentencia apelada de fs. 86.

AtLrrrDo Oncaz — MAxver J. AncaSanís — Exuigrr V. Gantt — Cantos Henrena.


R. P, PACIFICO SCOZZINA O. F. M.
PATRONATO NACIONAL.
Con las reservas que emanan de la Constitución y de las leyes dictadas con arreglo a ella respecto del Patronato Nacional, corresponde que la Corte Suprema preste su acuerdo para que el Poder Ejeentivo conceda el pase a la Bula por la cual el Sumo Pontífice instituye canónicamente Obispo de Formosa al R. P. Paeífico Scozzina O, F. M.


DICTAMEN DEL ProcUnaDOR GIENERAL
Suprema Corte:

El Poder Ejecutivo somete a consideración de V. E,, a fin de dar enmplimiento a lo que dispone el art. S6, ine, 9, de la Constitución Nacional, la Bula original por la que Su Santidad el Papa Pío XTI designa para ocupar la nueva Dióresis de Formosa al RE. P. Pacífico Scozzina O. F. M.

Dado que dicho Prelado fué propuesto previamente para tal designación por el Poder Ejecutivo según resulta de la nota preesdente, y teniendo en cuenta que con dicho nombramiento no apareecn afectados los derechos del Patronato Nacional, no encuentro inconveniente para que V. E., con las reservas de práctica que emanan de la Constitución y leyes vigentes sobre la ma

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Año: 1957, CSJN Fallos: 238:368 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-238/pagina-368

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