súperficie útil establecida por el Tribunal de Tasaciones — 24.786,23 m3 (fu. 93 y 1187, la de la calle Carhué (8° considerando), 0 sea 2.557,52 m3, se tiene una superficie útil total de m2 27.344,05, que explica también un alza en el promedio de precio por m? de la superficie tota! expropinda.
Ahora bien, teniendo presente que dicha supe: ficie total expropiada es de m.? 34.089,51, a mén, 43 el m, se alcanza un perio de mán. 1.465.861,83, que = que SE en que el expropiante tomó posesión del inmueble Naón, en el juicio seguido contra éstos, o sea, en 22 de diciembre de 1948 (fs. 14 vía. de los autos citados), y de acuerdo al criterio seguido en ese caso, tanto por el Tribunal de Tasaciones, como por el Sr. Juez de 1° instancia y la Excma. Cámara Nacional en lo Especial (le: 34, 00 ZION: habiendo enmentida la misma parte e (fs. 103 vta.), la sentencia de 1° mania 7 allí fijado y que fué el que quedó en deinitiva.
13. Pero, como el precio total obtenido en el considerando anterior se refiere al que hubiera tenido el bien aquí expropiado, el 22 de diciemi"e de 1948, es menester establecer la modificación que el mismo pudo sufrir, hasta la fecha de su toma de posesión, o sea, hasta el 19 de noviembre de 1951.
Es público y notorio que en el lapso entre esas dos fechas —el que abarca casi tres años—, continuó el alza de precios en la propiedad inmobiligria, situación que, por otra parte, se ha mantenido hasta la feeha. Pero, a los efectos propuestos, interesa establecer, siquiera aproximadamente el quantum del mismo.
Según el gráfico acompañado con ese propósito por los demandados, con su memorial (fs. 139), el alza disminuyó su ritmo, en relación al que llevaba antes de la toma de posesión del inmueble de los Naón, Por la diferencia de ángulos de las líneas ideales allí trazadas, se advierte que el ritmo de ese nuevo mmmento quedó en un 40 del que llevaba antes, siendo a setiembre de 1950, de un 26 del que tenía, en enero de 1949 —mes tomado como índice para el cáleulo de la valorización posterior—. En los 3 meses allí no caleulados, o sea hasta di ciembre de 1950, que es euando el expropiante tomó posesión del inmueble de mutos, de aeuerdo a ese mismo ritmo de anmento, el bien habría subido un 4 más, en relación al mes de enero de 1949, Vale decir que, según este cáleulo, el valor del bien se habría acrecido en un 30 S, respeeto al precio aleanzado en el eonsiderando anterior.
Como el gráfico así acompañado por los demandados y glosado más arriba, está basado estrictamente en la tabla de números índices de actualización de valores para ese lapso, produ
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:827
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