SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO CIviL Y Comencian EsrEctaL Buenos Aires, 12 de octubre de 1954, Y vistos: Para sentencia, estos autos caratulados °°Baneo Hipotecario Nacional contra Balbiani José y otros, s./ expropiación"' y, Resultando :
1. Que a fs, 11 se presenta el Banco Hipotecario Nacional, xr apoderado, entablando demanda contra José, Ignacio Eusebi ría Angela Isidora, Luis Teófilo y Lía Petronila Balbiani, Angélica Balbiani de Arroyo, Esther Luisa Balbiani de Pini, Alicia Margarita Balbiani de Buscaglia, Josefina Silvia Balbiani de Freccero, Delia Irene Balbiani de Morea y Catalina Valentina — ee que Tetto propietario expropiación inmueble ubi en la cirrió manzana 2617, lote 93.
Expresa que el inmueble ha sido declarado de utilidad pública —como parte de una fracción mayor—, por decreto Alar Mepectica, por planilla, las medidas y linderos del bien en .
mega tra eucedtando a de mita del mado ie n afirma, a a efectos de la contribución territorial acrecida en un 30.
Pids la inmediata posesión del bien expropiado, Invoea lus disposiciones pertinentes del C. y las de la aer 13.264, Pide costas para el enso del art. de esta ley, IL. Declarada a fs. 13 la competencia del Juzgado, a fs. 18 se confiere la posesión del bien expropiado al Banco actor, III. A fs. 50 es contestada la demanda, por apoderado quien dice:
Que acepta la expropiación pero no el precio ofrecido, por considerarlo exiguo.
Acredita el dominio por los demandados, del bien en enestión, con el pertinente título.
Señala que la ley de expropiación no descuida la defensa de los intereses privados, pero considera rígida la base sobre la cual se establece el precio a tren pOr el eme piante, Recuerda que la justa indemnización debe ser actual, de acuerdo al reconocimiento del derecho de propiedad que
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:818
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