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Fallos: 237:635 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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PEDRO ANGEL COPES v. STANGE Y Cía.

PAGO: Principios generales.

Establecido que el actor prestó servicios en un estableciE A ita ser se corres; a antigiedad e indemnización simple por falta de prenvito:

que el pago fué efectuado de conformidad a la interpretación jurisprudencial prevaleciente en el lugar donde se originó, desenvolvió y extinguió la relación mer bido por aquél sin observación inmediata alguna, dicho page abeto 4 la prerdena de la redemación ate let:

bunales de la Capital Federal, de la diferencia de indemnización por falta de preaviso.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de mayo de 1957.

Vistos los autos: "Copes Pedro Angel e./ Stange y Cía. 5,/ dif. despido", en los que a fs. 76 esta Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de fecha 16 de marzo de 1956.

Y considerando:

Que de las constancias de autos resulta que el actor fué empleado de la demandada, en una fábrica de tejidos situada en Quilmes, Provincia de Buenos Aires, hasta el 9 de mayo de 1953 en que fué despedido, abonándose el importe correspondiente a la antigiiedad e indemnización simple por falta de preaviso. Más de dos años después —el 11 de noviembre de 1955— el actor ha deducido la presente demanda ante la justicia de esta Capital, cuya jurisprudencia invoca expre- :

samente, sosteniendo que por falta de preaviso correspondía que la indemnización fuese doble.

Que a esta demanda se ha opuesto la empresa alegando que el pago de dicha indemnización fué en !

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:635 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-635

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