ROBERTO RIVAROLA v. MARIA S, LAMARCA
DE SAAVEDRA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal, Cuestiones federales simples. interpretación de otras normas artos federales, No procede el recurso extraordinario con base en el art 113 del Reglamento para la Justicia Nacional cuando se ha omitido solicitar de modo explícito el cumplimiento de la norma mencionada en la ocasión pertinente de la causa.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias, Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechaza la acción por desalojo, fundada expresamente en un testo legal no vigente en sus términos originarios, el art. 26 de la ley 13.581, sin reparar en que ha sido modificado por la ley 14.288, La causa debe volver al tribunal de su procedencia a fin de que, con intervención de otra sala del mismo, se dicte nuevo fallo con arreglo a derecho,
DICTAMEN DEL ProcrraDOR GENERAL
Suprema Corte:
Respecto de la presunta inobservancia a la formalidad preseripta en el art. 113 de la Reglamentación para la Justicia Nacional, la alegación resulta extemporánea toda vez que el apelante no reclamó oportunamente ante el a quo la formación de tribunal pleno para el caso eventual y previsible de una revocatoria.
Del mismo defeeto, y por igual circunstancia, adolece el agravio invoendo sobre la base de que la sentencia apelada ha incurrido en arbitrariedad con violación de los arts. 17, 14 y 18 de la Constitución Nacional, ya que si bien el apelante, en su presentación «e fs. 125, expresó cuál era a su juicio el criterio emer
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:438
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