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Fallos: 237:22 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de febrero de 1957, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el procesado en la causa Ojeda César Raúl (Brigadier Mayor R. A.) s/ abusos de autoridad y defraudación militar", para decidir sobre su procedencia, Considerando :

Que de acuerdo con la jurisprudencia de esta Corte Suprema y como lo sostiene el Sr. Procurador General en su dictamen de fs. 36, el recurso extraordinario interpuesto por la defensa a fs. 790 y sigtes. del expediente principal, es procedente en lo que se refiere a la denegación del fuero federal invocado por aquélla.

Que, por el contrario, el recurso ha sido bien denegudo con respecto a la decisión de fs. 774 en cuanto rechaza la excepción de prescripción opuesta. Dicha resolución no constituye, en ese aspecto, la sentencia definitiva exigida por el art. 14 de la ley 48 ni es equiparable a ella, desde que no pone fin al proceso ni ocasiona agravio insusceptible de ser reparado por el fallo final que en él recaiga, o por el recurso extruordinario que pueda ser interpuesto después de pronunciado aquél (Fallos: 180:310 ; y también sentencia del T de diciembre ppdo. en la causa "Tomás José Obregón"").

Por ello, habiendo dietaminado el Sr. Proeurador General, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto a fs. 790 y sigtes, del expediente priucipal, en cuanto se refiere a la denegación del fuero federal invocado por la defensa, y bien denegado respecto de la resolución que rechaza la excepción de prescripción opuesta. En consecuencia: Autos y a la Oficina a los efectos del art. 8? de la ley 4055. Señálanse

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:22 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-22

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