32 y 130, por tratarse de una operación técnica realizada previo relevamiento en el terreno y conforme a los títulos de propiedad presentados en el juicio, la que no ha sido objetada por ninguna de las partes. Además dicha superficie es la que poseía realmente la demandada y ha sido objeto de efectiva ocupación por la expropiante y en base a la cual el Tribunal de Tasaciones ha efectuado sus operaciones para valuar el terreno y las mejoras.
11) Como las conclusiones del dietamen del Tribunal de Tasaciones no han sido tomadas por unanimidad y sin la conformidad de los representantes de las partes, se hace necesario el estudio de los antecedentes e informes de las oficinas técnicas en base a las cuales se ha elaborado dieho dictamen, así como las demás pruebas que actor y demandado han traído al juicio en apoyo de sus pretensiones. Sostiene la expropiante que representando la suma consignada en autos el valor Ajerive «e le prorindad; date es al Junto precio ame debe Nan.
darse pagar como única indemnización, al fallar en definitiva la causa. Las pruebas que ha traído a los autos consisten en el dietmen del Tribunal, que no le favorece por establecer una sima que excede en más de 50.000 con la ofrecida y las constancias documentales del ps administrativo del Ministerio de Comunicaciones (Jetra M. C. n" 2808 — año 1948), la que no E" otro elemento estimativc que el de la valuación | del inmueble para el pago de la contribución territorial, insuficiente para fundamentar una justa apreciación, El dictamen del Tribunal de Tasaciones, estima el valor objetivo del inmueble, inclusive mejoras, en la suma de $ 249.272,51 m/n., consta del acta que la decisión se tomó por mayoría de votos de sus miembros, habiendo hecho constar su disconformidad el representante de la expropiada.
Para apreciar el acierto de esa estimación, debemos considerar los elementos de juicio que se han tenido en enenta para su elaboración.
la determinación del valor del terreno libre de mejoras se hacen on base a las 4 operaciones de venta de inmuebles con ubicación similar al expropiado que se detalla en la fm de fs. 12 del cuaderno respectivo; con ellas se ha i mediante las aplicaciones de coeficientes de ubicación y actualización, el valor. para la unidad métrica del lote tipo con medidas de 10 mts. de frente por 30 mts. de fondo a razón de £ 900 el m3, Partiendo del precio del lote tipo, se obtiene por aplicación del coeficiente de 0,76 de frente y fondo que pin las "Normas para tasaciones urbanas de Fitte y Cervini"", el
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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:551
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