DiCTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL Suprema Corte:
De conformidad con lo resuelto, entre otros, en Fallos: 54, 484; 167, 254; 203, 421, la circunstancia de que una persona sometida n proeeso esté en libertad por disposición de la justicia, no obsta a que el Presidente de la República ejercite respecto de ella la facultad de arrestar que le reconore el art. 23 de la Constitución Nacional durante la vigencia del estado de sitio.
Contrariamente a lo que pretende el apelante, no es exacto, pues, que la simple detención de una persona en tales condiciones comporte, por sí sola, violación del art. 95 de la Constitución Nacional.
En consecuencia, atento el texto del decreto que en copia obra a fs. 43, y sin perjuicio de observar también que no corresponde averiguar ni considerar los motivos que puedan haber inspirado al Poder Ejecutivo para disponer la detención de Néstor Leopoldo Reclonx por ser ello ajeno a la función jurisdiccional, opino que corresponde confirmar la decisión de fs. 48. Buenos Ai res, 12 de junio de 1956. — Sebastián Soler.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de julio de 1956.
Vistos los autos: °Villaroel de Recloux Margarita interpone recurso de hábeas corpus a favor de su esposo D. Néstor Leopoldo Recloux"', en los que a fs. 55 se ha concedido el recurso extraordinario.
Compartir
89Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1956, CSJN Fallos: 235:308
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-308¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 235 en el número: 308 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
