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Fallos: 235:15 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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rela, quien haciendo vida marital con dicha menor, que se había fugndo del hogar paterno, le entregó la libreta eívien de referencia, adulterada en la forma relatada, para que la exhibiese como propia en el hotel "Oriente" sito en la calle Lima 343 de esta Capital, lo que así hizo consiguiendo por ello alojamiento en ese hotel.

Tales hechos surgen de la confesión de la procesada (fs. 20 a fs. 22), de las declaraciones del e de ésta, Bernardino Alvarez (fs. 9), de los oficiales de Policía, E. Leclerey y D. J.

Di Tore (fs. 2 y fs. 7) y del encargado del hotel mencionado, Lázaro J. Dusse (fs. 14) como así también del informe médico de fs. 32 y de la pericia caligráfica corriente de Es. 56 a fs. 57 que es terminante respecto a que la anotación manuscrita de la pág. 23 de la libreta cívica adulterada ha sido escrita de puño y letra del proeeseado Bonifacio A. Varela, El Se. Juez a quo da probados todos esos heehos, pero aleuelra e le. os VAIO Je CA qe Te da sado perjuicio y que la adulteración de libretas cíviens penadas por el art. 28 de la ley 11,386 sólo prevé el caso de cuando es realizada con fines de maniobras políticas o para cometer otros delitos.

Esos argumentos no son, sin embargo, valederos y deben desestimarse oro lo tiene resuelto la Corte Suprena de ln Nación: "pOr de que aa integridad importa pora es inet ee e init en don arte. 10:11 : 19. ES. 4 y 17 de la ley 1 y tienlarmento hara los de la Kenilicuión Memeral y electoral. y Porque el art. 28 mo aitde pare mode el perjuicio efectivo o ta jcrible que ctuor le adultimeión me.

———] Aire qíe Perl eálo bechr de aaalterar quiera las partes que integran lo es una libreta de enrolamiento, el delito a que el texto legal se Ap .. pooh ha sido aplicon esa ue ya ai cada por este tribunal en cama de adulicración de libretas cívicas femeninas (entre otras sentencias las del 26 de mayo de 1954 y 22 de noviembre ppdo., dictadas en nutos: ""Maidana Benita, infracción al art: 98 -de la ler MAIG" y Vel Frendii Angie infreegión 2l met. 30 de de der IDO: .

A en su pone para secta que para l hambre debiéndose der an [beta eo rrespondiente como un documento de identidad indispensable alguna, pd Le E de en ese con a que no a las mujeres que adulteren libretas cívicas las penalidades que corresponden a los ciudadanos cuando adulteran libretas de enrolamiento, no hay duda alguna que es aplicable al presente

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:15 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-15

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