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Fallos: 235:10 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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de E A rr calle General Mor nos , dpto. 3 y a ngélica Alvarez, argentina, 17 años de edad, soltera, Ae profeta quehaceres domésticos, domiciliada en la calle 1052, dpto. 9, por infraeción al art. 292 del Código Penal. Del examen de autos, Resulta :

1. Edgardo Leclereg a fs. 2, denuncia que el día 14 de diciembre de 1953, encontrándose en su facción, parada 22, le fué requerida su intervención por el que dijo ser Bernardino Alvarez. Este le puso en conocimiento que su aia. Raquel Angélica Alvarez, menor de edad, se había fugado del hogar y que estaba viviendo en el hotel de la calle Lima 343, bajo nombre supuesto. Que concurrió a este local, donde procedió a interrogar al que sie ser Bonifacio Apolinario Varela, quien le entregó su cédula de identidad, luego se dirigió a la pieza n° 17, donde se encontraba la menor Raquel A. Alvarez, quien había ingresado al hotel el día 11 habiendo sido pagada su pensión por Varela, a quien indicó como su novio. Que como se trataba de una menor y no podía vivir en el hotel sin permiso escrito de sus padres, Varela le había hecho sanear unas fotografías y luego utilizando una libreta cívica, extendida a nombre de Julia Rosa Lucero, de la Prov, de Córdoba, la adulteró mediante el sistema de cambiarle la fotografía, sacando el original y falsificando sellos y firmas, lo que le sirvió para que la menor ingrosara al hotel como si fuera persona mayor de edad. Le entregó la cédula de identidad n? 3.812.305, donde aparece cambiada la última cifra del año 1936, por un 0, lo que le hacía figurar como mayor de edad. En el libro del hotel time con el apeltido Lucero, de acuerdo al documento adulterado.

IL. Indagada Raquel A. Alvarez a fs. 20 expresó: "Que hace 8 6 9 meses e a Bonifacio A. Varela con quien trabó relación. Que el día 26 de noviembre viajó a Mar del Plata, con el mismo, alojándose en el hotel "La Rosa", no exigióndosele documentos, que de vuelta a la Capital luego de buscar alojamiento se dirigió finalmente a una pensión de la calle Moreno en donde le exigieron documentos de identidad para residir. En vista de ello se vió obligada a adulterar su cédula de identidad, borrando la fecha de su nacimiento que decía 1936, poniendo 1930, para figurar como mayor de edad, aclara que realizó esta adulteración el día 28 de noviembre, Agrega que Varela en Mar del Plata le había manifestado que no la recibirían en ningún hotel o pensión por ser menor de edad y que tendría que falsificar una cédula de identidad, ofrecióndose él a realizar la maniobra, negándose

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:10 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-10

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