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Fallos: 235:119 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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turno dicte nueva resolución en los términos del art. 16, primera parte, de la ley 48 y con arreglo a lo decidido por esta Corte, MaxveL J, Ancañanís — Exnrque V. Gartr — Carros He

RREBA.

LORENZO LARRALDE Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en primera ims— tancia, .

Procede el recurso extraordinario, enando desde la iniciación del pleito se planteó la cuestión federal referente a que el impuesto inmobiliario establecido por las tere 5948 y 5247 de la Provincia de Buenos Aires, por la en que ha sido cobrado a los econdóminos de varios inmuebles, grcio Ton principes conMtitueioaals de la iEvaldad ante la ley y uni idad de las cargas impositivas (').

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Forma.

En el planteo del punto de derecho federal, base del recurso extraordinario, no se requieren fórmulas especiales ni términos sacramentales,
RAFAEL GENISE v. FRANCISCO BASILE

RECURSO DE QUEJA,
El recurso de queja debe ser deducido dentro del plazo de tres días fijado por el art. 231 de la ley 50. Este de tree dior Meda Mer. alt: EE deja 1320 Mete Mo otros recursos improcedentes, como el de revocatoria deducido contra el auto denegatorio del recurso extraordinario y desestimado por el tribunal de la cansa (3).

1) 16 de junto, 2) 15 de junio, 1

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:119 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-119

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