CESAR ALBISTUR VILLEGAS — "ATENEO JUSTICIA.
LISTA DE MORON"
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Varias.
La cuestión referente a las facultades y a la forma de actuación de una comisión investigadora provincial no sustenta, por falta de relación directa e inmediata, el recurso Ad e A curso vor Sal de una atifución > de ee aulemca y a. panteón pertenecientes a la misma, fundada en que dicho recurso no ampara otro derecho que el de la libertad física individual,
DICTAMEN DEL ProCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Los fundamentos en que se apoya la apelación extraordinaria corriente a fs. 11 carecen de relación directa con lo decidido en autos, puesto que las resoluciones de fs. 6 y 10 se han limitado a rechazar el presente recurso de hábeas corpus, intentado a favor del Atenco Justicialista de Morón, por considerar que dicho recurso "no ampara otro derecho que el de la libertad física individual".
En consecuencia, siendo ajenos a lo resuelto tanto el punto que se refiere a las facultades otorgadas a las comisiones investigadoras como el resto de las cuestiones sobre las que se explaya el apelante en el mencionado escrito de fs. 11, opino que corresponde declarar mal concedido el recurso extraordinario. — Buenos Aires, 17 de febrero de 1956. — Sebastián Soler.
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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:200
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