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Fallos: 231:64 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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NACION ARGENTINA v. ANGEL SORIA MUELAS
Y OTROS
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.

Corresponde confirmar la sentencia que fija el monto de la indemnización a pagarse por el terreno expropiado y sus mejoras en la suma asignada por el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264, cuya peritación está fundada en antecedentes y pormenores minuciosamente expuestos y no ofrece observaciones que disminuyan su valor como prusba legal suficiente, sentencia que no ha sido objeto de verdaderos agravios por parte del fisco apelante, pues acerca de sus conclusiones sobre los l.=chos no se han formulado reparos concretos.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Rosario, 12 de julio de 1954.

Y vistos: este juicio de expropiación seguido por el Gobierno de la Nación (Dirección General de Teléfonos del Estado) contra María Forteza de Pinto (hoy Soria Muelas Ang"l, Soria Prudencio y Soria Floreal —exp.- 8334 A—, Soria Prudencio —exp. 8334 B— y Fridman Abraham —exp.

8334 C—, agregados por cuerda separada por desglose ordenado a fs. 130), del que Resulta:

a) A fs. 32 comparece el Sr. Procurador Fiscal, en representación del actor, deduciendo la demanda expresada por expropiación de un terreno baldío situado en la calle Bou— Rondeau esquina Libertad, de esta ciudad, con una superficie de 1874, 89 m?., avaluado en la suma de $ 63.700 m/n., por la Junta de Valuacción y Catastro. cantidad que aumentada en un 30 (dee. 19.654/50, art. 2?) asciende a un total de $ 82.810 m/n.. consignada scgún boleta agregada a fs. 1. Dicho inmueble fué declarado de utilidad pública por el dee. nac. referido, con destino a la construcción de edificios para el funcionamiento de oficinas y centrales telefónicas de la Dirección General de Teléfonos del Estado.

b) Dada la posesión judicial del inmueble (fs. 34) con

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:64 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-64

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