FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de marzo de 1955.
Vistos los autos: "Gobierno de la Nación e/ Ledesma, Alfredo Isaac s/ expropiación", en los que a fs, 207 se han concedido los recursos ordinarios de apelación.
Considerando:
Que la sentencia de fs. 196 fija en $ 1.474.000 el valor de las 40 hectáreas que indica la diligencia de mensura de fs. 157 (fs. 167) ubicadas en San Lorenzo Provincia de Santa Fe) destinadas a la ampliación de la Destilería Fiscal del mismo nombre, y en $ 13.800 el de las mejoras existentes. Ambas partes han apelado del fallo, habiéndose concedido los respectivos recursos en la medida que determina el auto de fs. 207.
Que la actora no ha formulado, respecto de la sentencia apelada que admite la peritación del Tribunal de Tasaciones, ni con relación a este dictamen, observación concreta alguna que permita su correlativo examen y valoración (fs. 171, 187, 214) por lo que ante la deficiencia que se señala no cabe añadir otras consideraciones para determinar la improcedencia de su pretensión. :
Que en cuanto a la demandada, corresponde establecer que el primer agravio que invoca en el memorial de fe. 215, alude a un "°patente yerro" en que habría incurrido el Tribunal de Tasaciones al fijar el promedio del valor de la tierra, pues dice que "eliminó de su informe la cita y mención de considerable número de ventas, y lo que es más grave —añade—, prescindió precisamente de aquéllas que incidían favorablemente", etc. omisión que "no recogió la Exema. Cámara al sen
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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:61
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