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Fallos: 231:16 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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El tupido poncho de la frascología ocultaba entonces el puñal de algún inciso.

A contenido impuro, forma oscura.

Hoy los tiempos han cambiado fundamentalmente:

la pureza del contenido permite y requiere un continente cristalino.

No importa que se repita alguna palabra o que, en homenaje a la precisión, deba prescindirse de algún hermoso giro.

Jamás vi la redacción de una ley en un concurso literario. En cambio, sí he visto a muchos juristas torturándose las sienes para desentrañar el significado de un artículo muy bien hilado por fuera, pero más que enredado por dentro.

Por encima de la belleza del lenguaje y por encima también de los artilugios de la técnica de elaborar leyes, debe primar el sentido práctico de la claridad y de la accesibilidad.

Se debe tener siempre presente, como ejemplo, la sencillez con que se dirige al pueblo quien ha hecho de su verbo una pura y dirámica ley de justicia para todos los hombres: el general Perón.

El sentido de las expresiones del espíritu humano trasciende la significación literal de las palabras, cual trasciende a las notas musicales el mensaje que fluye a través de su sonido.

Así, el sentido de una ley.

Para comprenderlo cabalmente se hace necesario penetrar en su texto hasta establecer la íntima cu.exión que guarda con la realidad social y humana de donde proviene y hacia donde se vuelca.

Si la ley representa la expresión de una voluntad, su recta interpretación exige no sólo el profundo conocimiento de lo que se quiere, sino, también, de quién lo quiere.

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:16 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-16

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