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Fallos: 231:105 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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infractor al art. ?> de la ley 11.386 (fs. 9), por sentencia recaída con fecha 25 de octubre de 1951 y dicho pronunciamiento recién le fué notificado el 27 de mayo de 1953 (fs. 131).

Pues bien, el presunto delito de desacato que motivara la formación del presente sumario tuvo lugar el día 4 de mayo de 1953, es decir cuando aún no se encontraba firme el aludido fallo condenatorio por no haberse efectuado su notificación.

Siendo ello así, cabe concluir que al momento de consumarse los hechos imputados el procesado carecía de estado militar, pues sólo revistaba en la unidad del Ejército en calidad de agregado.

Por lo expuesto soy de opinión que la presente contienda debe ser resuelta en el sentido de que el Juez Nacional es el competente para entender en este juicio.

Bucnos Aires, 24 de diciembre de 1954. — Carlos G.

Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de abril de 1955.

Autos y vistos; considerando:

Que el 4 de mayo de 1953, fecha en que habría ocurrido el hecho que se le imputa como desacato, el ciudadano Félix Bautista Taverna se hallaba en calidad de "alta agregada" en el Regimiento 1 de Infantería Motorizado "°Patricios"', por habérsele sometido a proceso ante la justicia nacional de la Capital como infractor a' art. 2 de la ley 11.386, en el cual le fué notificada el 27 de mayo de 1953 la respectiva sentencia condenatoria. Así resulta del sumario instruído por la justicia militar (fs. 5, 9, 40, 92,131).

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:105 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-105

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